viernes, septiembre 20
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Jueces declaran en rebeldía al prófugo Quirinito

Jueces declaran en rebeldía al prófugo Quirinito

La procuradora Miriam Germán Brito solicitó la declaratoria a un tribunal para sostener el caso destapado y evitar que prescriba

Duarte, R.D.-El Ministerio Conocido gestionó y logró la comunicación en rebeldía del imputado Pedro Alejandro Castillo Paniagua apodo Quirinito frente a la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís.

En la audiencia en que se conoció la solicitud, el Ministerio Conocido estuvo representado por los fiscales Eduardo Joel Velázquez Muñoz y José Ambioris Toribio Reyes. Además, litigaron a nombre de la procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso, responsable de la Dirección General de Persecución, y a Saturnino Muñoz, titular de la Procuraduría de la Corte de esta territorio.

La Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Francisco de Macorís estuvo conformada por los jueces Melkis Antigua, Andrés Reynoso Santana y Ramón Isidro Gil Guzmán.

La valor, amparada que el artículo 100 del Código Procesal Penal, ordena “el arresto del imputado Pedro Alejandro Castillo Paniagua”. Así como la “publicación de sus datos personales en los medios de comunicación para su búsqueda y arresto. Y la conservación de los medios probatorios que conforman el proceso para un eventual razón”.

Acusaciones contra Quirinito

Castillo Paniagua apodo Quirinito cumplía una condenada de 30 años de prisión por el homicidio, en 2008, del ciudadano gachupin Gustavo Adolfo Cervantes.  En 2013 un tribunal colegiado de Baní le redujo la pena a 20 primaveras, la cual cumplía en la prisión de Najayo.

La fuga de Quirinito se produjo mientras cumplía prisión domiciliaria en San Francisco de Macorís. Esto, luego de ser favorecido con un pedido a cumplir condena en su residencia. Para ser favorecido alegó que padecía de un carcinoma en la tierra.

El Ministerio Conocido, que encabeza la procuradora caudillo Miriam Germán Brito, estableció que bajo ninguna circunstancia se puede permitir que el proceso seguido a Castillo Paniagua prescriba. Por esa razón pidió la rebeldía para suspender la prescripción. Proceso amparado en las disposiciones de los artículos 47 y 100 del Código Procesal Penal.

Qué implica la declaratoria de rebeldía

La rebeldía implica que los procesos que tiene abiertos Castillo Paniagua en la ahora, tienen los plazos suspendidos. Y, en consecuencia, no podrán prescribir sin importar el tiempo que dure prófugo hasta que se produzca su captura.

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