jueves, septiembre 19
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Jueza Patricia Padilla se basó en resolución de la SCJ para no alojar revisión de medida de Peralta

Jueza Patricia Padilla se basó en resolución de la SCJ para no admitir revisión de medida de Peralta

Santo Domingo, RD.- Premeditadamente de que los abogados del ex ministro oficial de la Presidencia, José Ramón Peralta, recusaron a la jueza Patricia Padilla por deber decidido de guisa administrativa una solicitud de revisión de medida de coerción que le hicieron.

La jueza del Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional, Patricia Padilla estableció en su resolución número 058- 2023, que declaró inadmisible la solicitud de revisión de medida de coerción  hecha por el imputado en el caso Calamar, José Ramón Peralta, basándose en el artículo 15 de la resolución 1731-2005 de la Suprema Corte de Justicia.

En caso de que el Juez decida no acoger la solicitud de revisión porque los presupuestos que dieron puesto a la medida no han variado, emitirá un automóvil motivado declarando la inadmisibilidad de la solicitud y lo notificará al solicitante. Y solo si lo estima admisible procederá a la fijación de audiencia para su conocimiento.

Artículo 15 de la resolución 1731-2005 de la Suprema Corte de Justicia.

Aun cuando Peralta aportó una carta en la que el diputado perremeista Agustín Burgos Tejada se hace su avalista. Además de certificaciones de empresas reconocida del país y cartas públicas de amigos y conocidos, la jueza emitió una nueva consideración.

Dichos presupuestos no resultan ser novedosos, puesto que se tratan de las mismas documentaciones que le fueron presentadas y ponderadas por el Juez que conoció e impuso como medida de coerción la prisión preventiva.

Patricia Padilla, jueza del Segundo Juzgado de Instrucción del Distrito Nacional.

Añade que versan sobre la actividad empresarial, el raigambre social, y la señal de terceras personas. Por lo que la conciencia no puede constreñirlos a presentar al imputado en caso de que se sustraiga del proceso.

También explica que prorrogó la revisión obligatoria de la medida. Esto, porque la apelación hecha por Peralta frente a la Corte y la flamante revisión a solicitud de parte, interrumpen el plazo de tres meses. El mismo venía corriendo en beneficio del imputado, el cual comienzan a pasar íntegramente.

Amén de que la sustituyan como árbitro de control del caso Calamar, la defensa del exministro oficial de la presidencia igualmente adelantó que solicitará un proceso disciplinario contra la magistrada.

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