sábado, septiembre 21
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Un año de prisión para tiktoker acentuado de violar a adolescente en La Altagracia

Un año de prisión para tiktoker acusado de violar adolescente en La Altagracia

El tiktoker Juan Manuel Reyes Benjamín o Samuel Reyes es acentuado de violar a una pequeño de 13 primaveras

LAD ALTAGRACIA, RD.-En atención a la solicitud de Ministerio Públicola Oficina Judicial de los Servicios de Atención Permanente de esta delimitación impuso un año de prisión preventiva a Juan Manuel Reyes Benjamín o Samuel Reyes, acentuado de violar sexualmente a una pequeño de 13 primaveras.

La solicitud de medida de coacción de la Unidad de Tratamiento Global de Violencia de Naturaleza, Violencia Doméstica y Delitos Sexuales, representada por la fiscal Adivy Cedano Santana, fue acogida por el sentenciador Francis Reyes Diloné, quien ordenó el cumplimiento de prisión preventiva en el Centro Penitenciario y de Rehabilitación de Anamuya. Centro, en Higüey.

Reyes Benjamín, quien se dedica a hacer videos a través de la red social Tik Tok, fFue enviado a prisión cuando el Ministerio Conocido demostró, con diversas pruebas, su vinculación con el crimen cometido contra el adolescente, cuyo nombre se omite por razones legales.

El Ministerio Conocido precisó que recibió el documentación del caso el 30 de junio a través de la Unidad de Protección Integral contra la Violencia de Naturaleza, Delitos Intrafamiliares y Sexuales, estableciéndose que la pequeño tras la violación debía ser hospitalizada en un centro de sanidad. y que la cirugía fue referida.

Asimismo, constató y dejó constancia en la solicitud de medida coercitiva, que la imputada, luego de acontecer cometido el delito y memorizar que la pequeño sangraba, procede a llevarla a la parada del autobús con el fin de que la regrese a su domicilio enclavado en ciudad de La Romana, donde la víctima rompió en lloro luego de encarar un autobús, siendo trasladada de aprieto al centro médico más cercano donde reside.

El Ministerio Conocido ha otorgado al caso la calificación judicial provisional de violación de los artículos 330 y 331 del Código Penal dominicano, reformado por la Ley 24-97, sobre violencia de carácter e intrafamiliar, y el artículo 396 del Código de Protección y Derechos Fundamentales de los niños, niñas y adolescentes (Ley 136-03).

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