miércoles, noviembre 27
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Caso Fiordaliza Cofil: ¿Qué dicen las reglas del atletismo sobre hiperandrogenismo?

Caso Fiordaliza Cofil: ¿Qué dicen las reglas del atletismo sobre hiperandrogenismo?

La baja de Fiordaliza Cofil del equipo dominicano de Atletismo que nos representa en el Campeonnato Mundial en Budapest causó sorpresa y pesar en la afinidad deportiva franquista. Aunque no representa un castigo para la corredora, su no billete supone una herido sensible para el medallero dominicano, de la que aún se recuerda su aporte en oro en la prueba de 4×400 en el mundial de Eugene en julio 2022.

Además, la salida de Fiordaliza Cofil sorprendió por la causa: hiperandrogenismo. Un término usado para describir la producción excesiva de andrógenos (testosterona) y que, a causa de la Federación Internacional de Atletismo (IAAF, hoy World Atletics y monstruo rector del atletismo mundial), puede «modificar su rendimiento» en una categoría femenina.

De allí, surge el debate si es competición la razón para prohibir la billete de Fiordaliza Cofil. Y, aunque la agrupación internacional manejo el caso directamente con la atleta, sus reglas sobre el tema son conveniente claras y tienen circunstancias.

¿Qué dice la agrupación internacional de atletismo sobre el hiperandrogenismo?

La IAAF en 2011 se convirtió es la primera agrupación deportiva internacional que aprobó adoptar normas y reglamentos que rigen la elegibilidad de mujeres con hiperandrogenismo para competir en competencias femeninas. En consenso con expertos internacionales, federaciones locales y la Comisión Médica del Comité Olímpico Internacional (COI) puso en vigencia en junio de ese año sus reglas sobre el tema, entre las cuales destacan.

– La competencia en atletismo se divide en competencia masculina y femenina. Reconociendo que existe una diferencia en el rendimiento deportivo entre hombres y mujeres de élite. Principalmente por los niveles más altos de hormonas androgénicas en los hombres.

– Una mujer con hiperandrogenismo reconocida legalmente como mujer será elegible para competir en competencias atléticas femeninas. Siempre que tenga niveles de andrógenos por debajo del rango masculino (medido por relato a los niveles de testosterona en suero. La norma apunta a de 2.5 nanomoles/litro, lo cual aparentemente rebasó Fiordaliza.). O si tiene niveles de andrógenos interiormente del rango masculino, igualmente tiene resistor a los andrógenos. Lo que significa que no obtiene ninguna preeminencia competitiva de tales niveles.

– La IAAF designa un agrupación de expertos médicos internacionales para revisar los casos que se le remitan en virtud de los reglamentos como panel médico de expertos independientes. Esta hace recomendaciones a la IAAF en tales casos para atreverse sobre la elegibilidad de atletas femeninas con hiperandrogenismo.

– El proceso médico reglamentario se llevará a extremidad en estricta confidencialidad. Todos los casos serán referidos al panel médico versado en forma anónima.

– Una atleta femenina que rechace, no cumpla o se niegue a cumplir con el proceso de determinación de elegibilidad conforme a las reglamentaciones no será elegible para competir en competencias femeninas.

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